Como es obvio, la doctrina de la Sagrada Escritura pasó sin fisura a la Iglesia primitiva, más aún desde fines del S. I. con los Padres apostólicos, osea, cuando se había verificado el encuentro con el paganismo y consiguientemente se había hecho necesario tomar posición frente a él y a su actitud abortiva; es así como la didaje o doctrina de los doce apóstoles se sintió precisada a prevenir de manera formal a los cristianos inmersos en los pueblos paganos contra los vicios que estos practicaban; ante ellos prohibe expresamente a los discípulos de Cristo: “No matarás al hijo del seno de la madre, ni quitarás la vida al recién nacido” (Didaje, 11,2) en el dinamismo de este antiquísimo escrito, no hace diferencia alguna entre el nacido y el no nacido y en consecuencia prohibe el aborto en virtud del mandamiento del decálogo “NO MATARAS”, lo mismo dice Bernabé en el XIX,5: “no matarás al hijo en el seno de la madre”, igualmente en la carta a Diogneto V,6: “se casan y engendran como todos, pero no exponen a la muerte a los engendrados”. En general toda la tradición de la Iglesia se mantiene unánime en la Doctrina del “no aborto”.
Posteriormente el magisterio eclesiástico dará las directrices al respecto en condenaciones concretas al aborto, por ejm.
S.V.: En la BULA EFFAENATAM aplica todas las penas canónicas y civiles a todos los que cometieran aborto, cualquiera que sea el tiempo del feto. La absolución de tal acto queda reservado a la Santa Sede.
INOCENCIO XI (1679) condenó el aborto, anteriormente lo había hecho Gregorio IX y lo cita como un homicidio.
SAN ALBERTO MAGNO y Sto. TOMAS DE AQUINO lo consideran, siempre como pecado gravísimo.
EL CODIGO DERECHO CANONICO 17 condena con excomunión latae sentenciae.
PIO XII, en el Casti Connubil lo condena de igual manera.
EL VAT. II, en la
Gaudium et Spes (G.S. 27): “cuanto atente contra la vida: homicidio de cualquier clase, genocidio, aborto, eutanasia y el mismo suicidio deliberado; cuanto viola la integridad de la persona humana… todos estas prácticas y otras parecidas son en sí mismas infamantes, degradan la civilización humana, deshonran más a sus autores que a sus víctimas y son totalmente contrarias al honor debido al Creador.
G.S. 51: “hay quienes se atreven a dar soluciones inmorales a estos problemas (natalidad); más aun ni siquiera retroceden ante el homicidio… la vida desde su concepción, ha de ser salvaguardada con máximo cuidado, el aborto y el infanticidio son crímenes abominales”.
HUMANAE VITAE 14: “Debemos una vez más declarar, que hay que excluir absolutamente, como vía lícita para la regulación de la natalidad, la interrupción directa del proceso generador ya iniciado y SOBRE TODOS EL ABORTO, directamente querido y procurado, aunque sea por razones terapéuticas.
La carta más reciente la tenemos en la encíclica Familiares consortio en los números siguientes:
FAMILIARIS CONSORTIO:
… 26 : “La solicitud (que hay que tener)por el niño, incluso antes de su nacimiento, desde el primer momento de su concepción y …”
… 30 : “La Iglesia está llamada a manifestar a todos, con un convencimiento más claro y firme, su voluntad de promover con todos los medios y defender contra toda insidia la vida humana, en cualquier condición o fase de desarrollo que se encuentre…
Por consiguiente hay que condenar totalmente y rechazar con energía cualquier violencia ejercida… en favor del anticoncepcionismo e incluso de la esterilización del aborto procurado”.
Como vemos es concreto y taxativa las enseñanzas del Santo padre, el cual recoge la tradición doctrinal de la Iglesia, y la expone sin ningún temor humano.
El nuevo código de derecho canónico plantea como irregularidad para recibir el orden sacerdotal en cualquier de sus grados al que haya participado o procurado el aborto.
Por tanto podemos resumir y dar unas conclusiones acerca de la moralidad del aborto:
La sagrada Congregación para la doctrina de la fe en la declaración sobre el aborto procurado (1974) afirma:
Todo ser humano, incluido el niño en el seno materno, posee el derecho a la vida inmediatamente de Dios, no de los padres ni de otra autoridad humana; por lo tanto, no existe hombre alguno, autoridad humana alguna, ningún tipo de indicación (médica, eugénica, moral, social) que pueda solo exhibir un título para una disposición deliberada sobre la vida inocente.
Fuente: Síntesis de las separatas del curso de "Moral Cristiana" del Seminario Mayor San Carlos y San Marcelo. 2005.
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